Qué es y para qué sirve un procurador
¡No te preocupes! Es normal que no sepas que es exactamente un procurador y mucho menos, que sepas para que sirve un procurador. Por eso hemos creado este artículo en tramitess.com para ayudarte a resolver esa duda que tienes.
Debemos cuanto antes aclarar que la figura del procurador es primordial en todo trámite judicial, ya que es cooperador de la Gestión de la Justicia.
Su función principal es la de ser representante de los ciudadanos frente a los Juzgados y Tribunales.
El procurador es un profesional libre que no tiene ninguna dependencia, el cual es licenciado o graduado en derecho y que conoce el desempeño de los órganos jurisdiccionales garantizando la igualdad de ambas partes durante el desarrollo de los juicios.
Conocedores de la confusión que suscita la figura del procurador, hemos anunciado artículos para aclarar muchas de las cuestiones que se hacen los ciudadanos:
- Honorarios de los procuradores
- ¿Quién contrata y quién paga al procurador, el abogado o el cliente?
- ¿Quién contrata al procurador?
- ¿Qué es un procurador?
- Entonces, ¿cuál es la distingue entre un procurador y un abogado?
- ¿Cuándo requerimos a un procurador?
- ¿Quién paga al procurador?
- El papel del procurador para hacer más ágil la ejecución de la sentencia
- La ejecución de la sentencia, primordial fundamento de queja
- ¿Qué puede llevar a cabo un procurador para hacer más ágil la ejecución de la sentencia?
- El servicio integral del procurador en el tema procesal
Honorarios de los procuradores
Cuando se expone cualquier clase de desarrollo judicial, a las partes les asaltan incontables inquietudes y, en lo que hace referencia al aspecto de los gastos, existe alguna incomodidad en lo que tiene relación a los honorarios de los procuradores y de los abogados. Ahora, en relación a nuestra actividad, trataremos de responder de la forma más clara a las cuestiones que se formulan la mayor parte de clientes: ¿cuánto cobra un procurador? y ¿por qué es requisito un procurador?
En contraste con la independencia de honorarios de los abogados, los aranceles de los procuradores de los tribunales se hayan regulados por el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre. Este arancel regula los derechos devengados por los procuradores en todo tipo de asuntos judiciales y frente las Gestiones públicas y, aunque la ley facilita una negociación entre el cliente y el procurador por arriba de los aranceles previstos, ésta no puede rebasar el 12%. Esta circunstancia tiene su aclaración en que, con relativa continuidad, el cliente no recibe la información bastante para comprender la sustancial tarea que ejercen los procuradores.
Es una situación palpable que, por medio de la tarea del procurador, la gestión de justicia es más eficiente. Tiene lógica entonces comprender que la gestión valora de enorme manera las competencias que desarrollamos los procuradores, de tal forma, que actualmente se están planteando novedosas funcionalidades que descongestionen todavía más los juzgados, como transformarnos en agentes de autoridad de manera que no sea elemental la existencia de presentes para llevar a cabo los actos de comunicación (notificaciones, emplazamientos, citaciones, etc.), o agrandar nuestras facultades en la ejecución de sentencias, tal es así que seamos el secretario y los procuradores quienes llevemos a cabo la ejecución.
De esta manera que demandante y demandado tratan siempre de contratar los servicios del abogado que piensan mejor, la selección de un óptimo procurador debe ser otra parte clave en el trámite.
¿Quién contrata y quién paga al procurador, el abogado o el cliente?
¿Quién contrata al procurador?
No en todos los casos es simple introducirse en el planeta de los tribunales, la jerga y los protocolos de actuación son muy ajenos para todos los que no se mueven de manera persistente en el tema de la jurisprudencia, inclusive los actores que toman parte en ella suscitan desconcierto. Entre otras cosas, ¿quién es el procurador o procuradora?, ¿quién contrata al procurador?, ¿para qué sirve el procurador?, ¿quién paga al procurador? Estas son cuestiones que se hacen quienes se inician por vez primera en un trámite judicial. Ahora, desde Pradera González Procuradores de Barcelona arrojamos algo de luz sobre esta figura legal tan considerable.
¿Qué es un procurador?
El procurador es un profesional licenciado en Derecho que nos representa frente un juzgado en el avance de un trámite judicial. Y no, no es nuestro abogado o abogada, aunque a fácil vista pudiera parecerlo. De hecho, es nuestro abogado quién comúnmente elige al procurador que nos representa, ya que la mayor parte de despachos acostumbran tener procuradores de seguridad.
Entonces, ¿cuál es la distingue entre un procurador y un abogado?
La enorme distingue da un giro alrededor de las funcionalidades jurídicas de todos ellos. En tanto que la meta del abogado es asesorarnos y elaborar nuestra defensa a lo largo de el lapso del desarrollo, el procurador hace las ocasiones de gerente procesal. Por de esta forma decirlo, trabaja como nuestro interlocutor frente el juez: interpone la demanda, comparece en nuestro nombre, recibe las alertas de autos y de sentencias, muestra los escritos que prepara nuestro abogado… Resumiendo: es el intermediario entre nosotros y el juzgado.
¿Cuándo requerimos a un procurador?
Los procuradores no toman parte en todos los procesos judiciales, sino en los procesos civiles, penales y de familia. La compromiso y las funcionalidades del procurador tienen un enorme peso en todo desarrollo. Resumiendo, el procurador representa al cliente frente el juzgado, recibiendo en su nombre todas las alertas.
¿Quién paga al procurador?
Como parte de un desarrollo, debemos ofrecer poderes notariales al procurador para que nos represente frente el juzgado y asumir las costas de la estipulación laboral. No obstante, la búsqueda frecuenta correr a cargo de nuestro abogado puesto que, como hemos indicado, frecuenta tener procuradores de seguridad con los que trabaja comúnmente según qué caso.
Los honorarios del procurador están fijados por ley. El Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, regula los aranceles que corresponden a los derechos devengados por los procuradores en cualquier clase de desarrollo. Y aunque el Ministerio de Justicia otorga margen a la negociación, esta no puede sobrepasar el 12 % de la minuta ya definida.
El procurador siente sus honorarios de forma exclusiva de su cliente, sobre los que debe anunciar la correspondiente minuta.
El papel del procurador para hacer más ágil la ejecución de la sentencia
Si ya de por sí hay que desarrollar una enorme paciencia en el momento de viajar en un desarrollo judicial hasta conseguir una sentencia conveniente, más todavía cuando hablamos de lograr su ejecución, es decir, cobrar el importe de la indemnización correspondiente, entre otras cosas.
En esta etapa del desarrollo, el abogado contratado para proteger nuestra causa, y que nos hizo ganar el juicio, poco puede llevar a cabo. No obstante, la figura del procurador sí tiene cierto margen de maniobra sobre esto que puede usar a nuestro favor. El procurador puede hacer más ágil la ejecución de la sentencia, prestando asistencia a achicar el período de espera y el encontronazo barato negativo que puede provocar la demora en la ejecución de esa sentencia.
La ejecución de la sentencia, primordial fundamento de queja
El cumplimiento de la sentencia, es decir, el hecho de llevar a cabo eficaz su ejecución es, aunque cueste creerlo, uno de los más importantes fundamentos de queja e insatisfacción de quienes finalizan con triunfo un desarrollo judicial. Y sucede que, la última parte, aquella que debe resarcirnos de los perjuicios y perjuicios causados no solo con el reconocimiento sino de manera material, se hace aguardar, y bastante, en el tiempo, además de conllevar algunos gastos baratos agregados al tener que comenzar un nuevo desarrollo para su ejecución forzosa, lo cual hace abandonar al ciudadano, en varias oportunidades, de su obtención, por lo menos de manera íntegra.
De esta forma las cosas, desde que los tribunales nos dan la causa hasta que nos hacemos con nuestra indemnización tienen la posibilidad de pasar inclusive años. De hecho, si elegimos por enseñar una demanda ejecutiva, desde que lo hagamos hasta que cobremos pasarán, como mínimo, tres meses.
Y sucede que, parece ser, los últimos estudios de la Comisión Europea para la Efectividad de la Justicia (CEPEJ) apuntan que en tanto que en la etapa declarativa España está en la media de tiempo de respuesta de los países próximos, en la ejecución se encuentran enormes retrasos.
¿Qué puede llevar a cabo un procurador para hacer más ágil la ejecución de la sentencia?
La figura del procurador no solo es importante en el momento de llevar a buen puerto un desarrollo judicial, sino además para hacer más ágil la ejecución de la sentencia y de esta forma agradar con más grande celeridad al ciudadano agraviado con la correspondiente indemnización.
Como uno de los servicios que presta, El procurador puede apresurar la ejecución de la sentencia de las siguientes maneras:
– Rastreo del estado del expediente de ejecución.
– Resolución de probables incidencias de manera ligera y eficiente.
– Requerimiento de pago.
– Diligencias de embargo.
– Medidas de garantía de embargos.
Desde los colegios de procuradores se pide no solo más grande agilidad por parte del sistema burocrático judicial para terminar con estas demoras y gastos, además la oportunidad de dotar al procurador de más grande poder en el desarrollo de ejecución con el objetivo de agilizarlo, siempre bajo el control del juez y de la oficina judicial, entre otras cosas, en los capítulos relativos al embargo de bienes y a métodos de apremio de ejecución dineraria.
Se habla, al fin y al cabo, de transformar a los procuradores en reales ayudantes de la Gestión de Justicia, con habilidades como la de certificar o accionar como agente de la autoridad en determinados casos; simplemente, de ofrecer eficacia a una sección fundamental del desarrollo descartando pasos intermedios y descongestionando, a la vez, los juzgados.
El servicio integral del procurador en el tema procesal
Este vídeo del Consejo General de Procuradores de España te va a proporcionar ayuda a comprender mejor qué es un procurador y para qué sirve un procurador.
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